Nuevo Reglamento de Medidas Técnicas

 In Legislación

El pasado 25 de julio se publicó en Reglamento (UE) 2019/1241 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 20 de junio de 2019 sobre la conservación de los recursos pesqueros y la protección de los ecosistemas marinos con medidas técnicas.

El Reglamento debe aplicarse a las operaciones de pesca llevadas a cabo en aguas de la Unión por buques pesqueros de la Unión y de terceros países y por nacionales de los Estados miembros, sin perjuicio de la responsabilidad principal del Estado del pabellón, así como a los buques pesqueros de la Unión que faenan en aguas de la Unión de las regiones ultraperiféricas a que hace referencia el artículo 349, párrafo primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). También debe aplicarse, tratándose de buques pesqueros de la Unión nacionales de los Estados miembros, en aguas no pertenecientes a la Unión a las medidas técnicas adoptadas para la zona de regulación de la Comisión de Pesquerías del Atlántico del Nordeste (CPANE) y en la zona del Acuerdo de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM).

Las medidas técnicas son instrumentos de apoyo a la aplicación de la PPC. Sin embargo, una evaluación de la actual estructura normativa relacionada con las medidas técnicas ha puesto de manifiesto lo improbable de alcanzar los objetivos de la PPC, debiendo adoptarse un nuevo enfoque para incrementar la eficacia de dichas medidas, centrado en la adaptación de la estructura de gobernanza.

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